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6 de julio de 2013

¿Qué celebran? Sigue la destrucción y precarización del empleo

Alejandro Inurrieta (lamarea.es)
El paro registrado en junio de 2013 por el Servicio Público de Empleo (SEPE, antiguo INEM) muestra una fotografía cada vez más desoladora del mercado laboral en España. Hasta las voces más entregadas al Gobierno no han tenido más remedio que replegar la alegría y algarada que se desencadenaron en mayo. Afirmar que “es el mejor mes de junio desde que existe el registro”, como han hecho algunos, no resiste un análisis riguroso, puesto que los sucesivos cambios metodológicos invalidan la comparación hacia atrás. Es muy importante desgranar las cifras con rigor estadístico, utilizando series homogéneas, datos adecuados y la periodicidad estandarizada. Como ya ha señalado EL MONO POLÍTICO, la Encuesta de Población Activa (EPA), que realiza el Instituto Nacional de Estadística, es mucho más fiable como indicador del mercado laboral y es comparable con el resto de países europeos. Habrá, pues, que esperar a la próxima EPA para medir con rigor la situación laboral en España.

2 de noviembre de 2012

El Gobierno impone que se puedan hacer despidos colectivos con 20 días

Larepublica.es
Los entes, organismos y entidades públicas podrán acogerse al procedimiento de despido colectivo por causas económicas (con indemnizaciones de 20 días por año trabajado) para desprenderse de personal laboral si la Administración Pública de la que forman parte hubiera tenido déficit presupuestario en el ejercicio anterior y si el crédito presupuestario del ente, organismo y entidad afectada se hubiera minorado en un 5% en el ejercicio en curso y en un 7% en los dos ejercicios anteriores.

A estos efectos, se tendrán en cuenta tanto las reducciones efectuadas en el presupuesto inicial como, respecto al ejercicio corriente, las realizadas en fase de ejecución presupuestaria, según consta en el reglamento de los procedimientos de despido colectivo, suspensión de contratos y reducción de jornada aprobado el viernes en el Consejo de Ministros y publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El reglamento, en vigor desde este miércoles, describe los pasos a seguir cuando las empresas privadas quieran hacer ERE de extinción (despidos colectivos), de suspensión y de reducción de jornada, y regula además el procedimiento que deberá utilizar el sector público en estos mismos casos y sólo con efectos sobre su personal laboral.